La VPO de Calle San Pablo recibe a sus inquilinos

Publicado el 21 de Feb de 2012 en las categorias de: Alquiler, calle, Noticias | No hay comentarios »

Finalmente, y tras muchos años con solares abandonados, parece que el proyecto llega a su fin. Donde antes no había más que desolación, ahora hay pisos, apartamentos, locales de negocio y dentro de poco… vida. Es algo que muchos de nosotros hemos esperado durante mucho tiempo y parece que ya ha llegado.

La entrega de las llaves de los ochenta y dos pisos de Protección Oficial de las Calles de San Pablo y Las Armas parece dar aires nuevos a este barrio Zaragozano, y de paso a toda la ciudad. Son alquileres económicos que seguramente irán destinados a grupos muy heterodoxos. Creemos que este intento de revitalizar el barrio va en la dirección correcta a la hora de manejar el barrio y esperamos que tras la entrega de las llaves no termine el trabajo a realizar en la zona, y que el mantenimiento de las instalaciones sea el correcto a su uso.

Por otro lado, los nuevos vecinos de esta comunidad tienen un grado de responsabilidad, y es que se espera de ellos que utilicen correctamente las zonas comunes que se les alquilan, puesto que un mal uso sería poner fecha de caducidad al edificio, cuando estamos hablando de una edificación nueva.

A continuación os pongo el enlace a la noticia de Heraldo de Aragón

IPC Enero 2012

Publicado el 17 de Feb de 2012 en las categorias de: Noticias | No hay comentarios »

INDICE DE PRECIOS DE CONSUMO
PERIODOS                                                                  Incremento Relativo %

ENERO/2010 ENERO/2011                                                    3,3
FEBRERO/2010 FEBRERO/2011                                          3,6
MARZO/2010 MARZO/2011                                                 3,6
ABRIL/2010 ABRIL/2011                                                      3,8
MAYO/2010 MAYO/2011                                                      3,5
JUNIO/2010 JUNIO/2011                                                     3,2
JULIO/2010 JULIO/2011                                                       3,1
AGOSTO/2010 AGOSTO/2011                                               3,0
SEPTIEMBRE/2010 SEPTIEMBRE/2011                           3,1
OCTUBRE/2010 OCTUBRE/2011                                          3,0
NOVIEMBRE/2010 NOVIEMBRE/2011                             2,9
DICIEMBRE/2010 DICIEMBRE/2011                                 2,4
ENERO/2011 ENERO/2012                                                     2,0

Consultas: www.ine.es

El alquiler de vivienda sube ligeramente su precio

Publicado el 16 de Feb de 2012 en las categorias de: Alquiler, Noticias | No hay comentarios »

Según un reciente estudio del Instituto Nacional de Estadística, el precio medio del alquiler de vivienda en España se ha encarecido un 0,8% en Enero respecto al año anterior. Teniendo en cuenta que el IPC general ha llegado al 2% en el mismo mes, estamos ante una ligera subida, que finalmente se puede entender como una bajada del 1,2% menor que la infación. No obstante, desde nuestras oficinas hemos ido comprobando que las bajadas de precios en los alquileres de vivienda (por lo menos en la Zona de Zaragoza) parecen haber remitido tras un año 2011 donde los precios indudablemente tuvieron que bajar para acomodarse a la realizadad económica.

Desde nuestras oficinas, pensamos que aunque muchas viviendas todavía no han acomodado sus precios a la nueva situación, los contratos firmados durante el año 2011 y los de 2012 no modificaran sustancialmente sus precios (no así los precios de alquiler de oficinas o locales donde es posible ciertas bajadas durante el presente año).

A continuación podéis leer la noticia original:

«1,2 puntos menos que el IPC general, que arrancó el año con una subida del 2%. País Vasco, Cataluña y Asturias, las regiones donde más se encarecen.

El precio medio de los alquileres de vivienda en España creció un 0,8% durante el pasado enero en comparación con el mismo mes del ejercicio anterior, según datos del Instituto Nacional de Estadística (INE).

La subida de los alquileres se sitúa 1,2 puntos por debajo del IPC general, que arrancó el año en el 2% y respecto a diciembre la subida fue sólo del 0,1%.

Por regiones, sólo en dos comunidades bajó el precio de los alquileres. Se trata de Navarra y Murcia, donde se redujeron un 0,4%. Donde más subieron fue en País Vasco, con un 1,6%, seguido de Cataluña y Asturias, ambas con un 1,3%, y de Andalucía, con un 1,1%.

Con subidas de un 1% se encuentran Castilla y León, Castilla-La Mancha y Melilla, mientras que una tasa del 0,9% la registró Galicia. A continuación se situaron Cantabria (0,8%), Canarias (0,7%), Aragón (0,6%), Extremadura (0,6%), Baleares (0,5%), Comunidad Valenciana (0,4%), La Rioja (0,4%), Madrid (0,3%) y Ceuta (0,3%).

Además de en Navarra y Murcia, los precios de los alquileres bajaron en las provincias de Alicante (-0,6%), Castellón (-0,3%), Almería (-0,2%) y Ávila (-0,1%). Por contra, las mayores subidas se localizaron en Guipúzcoa (2,5%), Palencia (1,8%), León (1,8%) y Cádiz (1,7%).

Por otro lado, en el capítulo de gastos de conservación de la vivienda, los precios subieron un 1,6% interanual, cuatro décimas menos que el índice general, y se mantuvieron estables respecto al mes de diciembre.

El IPC y el alquiler
El apartado de Vivienda del Índice de Precios al Consumo no refleja con fiabilidad los vaivenes del mercado inmobiliario. Por eso, la revisión de las rentas en alquiler suele asociarse al IPC general.

De hecho, en su artículo 18, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) afirma que : «La renta contractual se actualiza -a instancia del arrendador o del arrendatario- aplicando a la misma la variación del IPC general nacional correspondiente a un periodo de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha de la actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último IPC publicado en la fecha en que se celebró el contrato».

Fuente: Su Vivienda El Mundo 15/02/12″

Presentando la nueva oficina: La Sala de Reuniones

Publicado el 15 de Feb de 2012 en las categorias de: Noticias | No hay comentarios »

Tal y como os hemos ido notificando, hemos trasladado la oficina a la Plaza San Felipe nº1 1º centro. En esta nueva oficina, disponemos de unas instalaciones que se adaptan mucho mejor a nuestras necesidades, como por ejemplo una nueva -y más amplia- sala de reuniones.

Ponemos esta Sala de reuniones a disposición de nuestros clientes y Comunidades de vecinos, para que en una ubicación cómoda y en el centro de Zaragoza puedan realizar las reuniones y presentaciones que sean necesarias. La Sala tiene una capacidad de entre 15 y 20 personas de manera cómoda, aunque para reuniones de mayor capacidad podemos adaptar nuestras oficinas para -incluso- doblar dicha capacidad.

Si necesita una sala de reuniones para algún tipo de presentación, o para realizar una reunión de comunidad de vecinos en el centro de Zaragoza, no dude en ponerse en contacto con nosotros.

Historia de Zaragoza:Mapa de las Puertas de acceso a la ciudad

Publicado el 10 de Feb de 2012 en las categorias de: calle | No hay comentarios »

Aunque parezca increible, la ciudad de Zaragoza no siempre ha tenido la misma disposición que actualmente. El origen más reconocido es el de la ciudad romana, con varios accesos amurallados.

Algunos de esos accesos o puertas todavía se pueden encontrar en las calles de la ciudad (por ejemplo, la Puerta del Carmen) aunque otras tan solo han quedado en el recuerdo de sus vecinos, ya sea en nombre de calle o como un trampantojo en la zona donde solía encontrarse dicha puerta.

Acompañando a este texto, podéis encontrar un mapa donde se pueden ver fácilmente los distintos accesos que había en la ciudad de Zaragoza, y compararlo con las calles y edificios de viviendas actuales.

Seguro de Protección de Gastos Comunitarios

Publicado el 6 de Feb de 2012 en las categorias de: seguros | No hay comentarios »

Esta mañana hemos recibido un correo explicativo de una nueva modalidad de seguro que podría ser de interés para nuestros clientes, puesto que va dirigida a las Comunidades de Vecinos. La actual situación económica hace que el saldo corriente de las comunidades se vea afectado por la falta de pago de algunos (o varios) de sus copropietarios, afectando a los pagos corrientes que debe realizar la comunidad.

En este caso, la compañía aseguradora «Mutua de Propietarios» ha pensado que podría ser interesante una póliza de seguros que cubra el posible impago de los vecinos de una comunidad. Es una compañía aseguradora que está especializada en las Comunidades de Propietarios, y eso permite crear pólizas mucho más especializadas en estas cuestiones.

Aunque la oferta comercial da una serie de datos, entiendo que será a partir de la contratación cuando conoceremos todos los puntos del seguro, por lo que a continuación podéis leer algunas de sus características, pero es posible que haga falta un examen un poco más concreto y conforme al caso concreto (no tengáis problema en consultarnos):

-Condiciones  cobertura: La  Entidad  Aseguradora  abonará  mensualmente  al Beneficiario  el  importe  de  la  cuota  de  la  Comunidad de Propietarios correspondiente al propietario asegurado sobre el que ocurrió el  siniestro, por  cada  mes  completo  que  haya  permanecido  en esta situación, con  un importe máximo de 75 euros al mes por siniestro

-El asegurado podrá  recibir un  máximo de 6 prestaciones para un mismo siniestro y un máximo de 12  para los pagos totales de la Póliza.

-Coste  cobertura  5,5€  prima neta por departamento y año. (Prima media  por comunidad 120€ año)

-Objeto  y  garantías  del  seguro: Por  el  presente  contrato, la  Entidad  Aseguradora   se  obliga  al  pago  de  la  prestación  garantizada  a los  Beneficiarios, en caso de ocurrencia de los riesgos cubiertos.
El Seguro ofrece las siguientes garantías:

Desempleo: Situación en la que se encuentran quienes, pudiendo y queriendo trabajar remuneradamente por cuenta ajena pierdan su empleo y sean  privados  de su salario, según las condiciones establecidas en la Póliza.
Incapacidad  temporal: Situación física temporal motivada por enfermedad  o accidente  determinante  de  la incapacidad del Asegurado para el  ejercicio total  de su profesión o actividad laboral. Esta garantía es de aplicación  a  todas  aquellas  personas  con  trabajo  remunerado  que  no  puedan estar  cubiertas por Desempleo.
Hospitalización   por   enfermedad  y / o  accidente: Esta  garantía  es  de aplicación  a  todas aquellas personas sin trabajo remunerado que no  puedan estar  cubiertas, ni por la Garantía de Desempleo, ni por la de Incapacidad Temporal.  Cuando  el  Asegurado  tenga  que  ser  internado en un  Hospital durante  un  período  superior  a 24 horas como consecuencia de Accidente o  Enfermedad  cubiertos  por  la Póliza, la Compañía abonará la  indemnización garantizada.   En   caso  de  Hospitalización  del  Asegurado,  la   Entidad  Aseguradora abonará la indemnización garantizada para esta cobertura.

La obligación de pago de la Plusvalía para el comprador es abusiva

Publicado el 2 de Feb de 2012 en las categorias de: Noticias, Venta | No hay comentarios »

Según van pasando los años, se logra aclarar situaciones que producen grandes conflictos en las operaciones de compraventa de pisos o locales (en Zaragoza o cualquier otro lugar de España). Normalmente, tenemos que esperar a que la Jurisprudencia nos aclare si ciertos elementos de la negociación podrían resultar abusivos de cara al comprador. En este caso, ha sido una sentencia del TS la que ha venido a declarar abusivo que el comprador deba abonar la Plusvalía que en principio debería pagar el vendedor (puesto que dependerá de multiples elementos que en ningún caso ha podido controlar el comprador).

A continuación podéis leer un estracto de la sentencia: «El objeto del proceso versa sobre la validez o nulidad por abusiva de una cláusula incorporada a un contrato de compraventa de vivienda de la que se deriva para los compradores la obligación, que a falta de pacto correspondería a la parte vendedora, de pagar el impuesto municipal sobre el incremento del valor de los terrenos (impuesto denominado de plusvalía). El comprador tiene el carácter de consumidor, y la legislación al tiempo de la venta era la anterior a la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de Mejora de la Protección de los Consumidores , constituida, como básica, por la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios, Ley 26/1984, de 19 de julio , modificada por la Ley 7/1998, de 13 de abril, de Condiciones Generales de la Contratación .
Por Dn. Pablo y Dña. Felisa se dedujo demanda contra la entidad CUYBAL PROMOCIONES, S.A. solicitando se declare la nulidad de la cláusula 4ª del contrato de compraventa celebrado entre las partes, relativa a la imposición a los actores compradores de la obligación de pago del impuesto de plusvalía por calificarla de abusiva, y asimismo interesa la condena de la demanda a devolver a los demandantes la cantidad de 995,02 euros, pagados por los adquirentes de la finca, con los intereses legales, e indemnización de daños y perjuicios.
La Sentencia dictada el 30 de diciembre de 2008 por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Oviedo, Rollo de apelación número 438 de 2008 , estima parcialmente el recurso de apelación interpuesto por Dn. Pablo y Dña. Felisa , y, con revocación en la misma medida de la resolución recurrida, acuerda estimar en parte la demanda formulada por los citados apelantes contra Cuybal Promociones S.A., y declara la nulidad por abusiva de la cláusula cuarta del contrato de compraventa referido en la demanda y suscrito entre dichas partes en cuanto al extremo en el que se impuso la obligación a los compradores del pago de la plusvalía, condenado a dicho demandada al reintegro a los actores de los 995,02 euros (novecientos noventa cinco euros con dos céntimos) abonados por tal concepto, con los intereses legales desde la interpelación judicial.
La Sentencia dictada por el Juzgado de 1ª Instancia número 2 de Oviedo el 21 de julio de 2008, en el procedimiento ordinario número 1551 de 2007 , desestimó la demanda y absolvió a los demandados sin hacer especial imposición de costas. El Supremo desestima el recurso.»

Fuente: Web paraprofesionales.com

Calles del centro de Zaragoza: Calle Libertad

Publicado el 1 de Feb de 2012 en las categorias de: calle | No hay comentarios »

Perpendicular a la Calle Estebanes, la Calle Libertad forma parte del conjunto de zona de tapas llamada El Tubo Zaragozano. Quizás el cruce de ambas calles sea el mejor reflejo de este tipo de bares, y por ello siempre se suelen comentar ambas calles juntas.
El motivo de su nombre no es conocido, por lo que podría ser de diversos orígenes (por ejemplo, una posible salida a la Puerta del Cinegio podría suponer la Libertad). El conjunto de las calles no hace una especial mención a los sitios de Zaragoza, por lo que no tiene por qué referirse a la finalización de los mismos. Tampoco parece que haga referencia (por ser un evento mucho más moderno) a la canción de Jose Antonio Labordeta “Canto a la Libertad”.
En esta calle se pueden encontrar muchos locales comerciales dedicados a la hostelería, en un entorno peatonal y en su mayor parte rehabilitado.