Entrada en Vigor de Ley Tasas Judiciales
21 noviembre 2012

Les remito el informe realizado por la Asesoría Jurídica del Colegio de Administradores de Fincas de Aragón al respecto de la aprobación de la nueva Ley de Tasas Judiciales:

"Hoy 21 de noviembre, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (nº 280), la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia, que entrará en vigor mañana día 22.
En lo que respecta a la posible actividad de los administradores de Fincas,
destacamos lo siguiente:
1. En la jurisdicción civil se deberá pagar la tasa desde el inicio del procedimiento, ya sean demandas o reconvenciones, de juicio monitorio,
verbal y ordinario en base al siguiente esquema:
· Verbal: 150 euros.
· Ordinario: 300 euros.
· Monitorio: 100 euros.
· Apelación: 800 euros.
· Casación: 1.200 euros.

A estas cantidades lineales se deberá sumar, según la cuantía del
procedimiento:
· De 0 a 1 millón de euros, el 0,5 %
· El resto el 0,25%

2. Existe una exención total de la tasa para los procedimientos monitorios y
verbales cuya cuantía sea inferior a 2.000 euros.

3. En los procedimientos de cuantía indeterminada se entenderá como cuantía del procedimiento 18.000 euros.

4. La tasa en el orden social únicamente afectan a recursos de suplicación o
casación.

5. En el orden contencioso administrativo las cuantías fijas serán:
· Procedimiento abreviado: 200 euros.
· Procedimiento Ordinario: 350 euros.
· Apelación: 800 euros.
· Casación: 1.200 euros.

A ellas deberán sumarse las cantidades variables en función de la cuantía del
procedimiento, como en el civil. Existen supuestos especiales de índole técnico-procesal, remitiéndonos en cuanto a ellos al tenor de la norma."