En el registro de la propiedad se apuntan cada uno de los propietarios de los inmuebles existentes en España y sus cargas, de manera que cuando una persona quiere conocer si el vendedor de un piso coincide con el que está en el Registro de la Propiedad , puede comprobarlo pidiendo una Nota simple del mismo. Además de las titularidades, el Registro de la propiedad apunta las cargas que existen sobre ese inmueble en concreto, para que quien se interese por ese inmueble conozca las deudas o limitaciones que existen en ese inmueble, o también para que el acreedor pueda garantizar que su derecho de cobro pueda ser conocido por todos los interesados. A continuación, desde Fincas Torrenueva os vamos a exponer cuáles son los tipos de cargas más habituales en el Registro de la Propiedad:
Es la que más habitualmente podemos encontrarnos. En pocas palabras, es una deuda que se constituye a favor de un tercero (habitualmente una entidad financiera/banco) donde se anota un piso o local como garantÃa para la devolución de un préstamo (normalmente para la propia adquisición de la vivienda). Es posible que aunque la deuda ya haya sido pagada, siga apareciendo esta carga en el registro de la propiedad, puesto que para su cancelación hace falta realizar algunas gestiones.
Ésta era una garantÃa bastante habitual hace años y se constituÃa como alternativa a la hipoteca (actualmente no está en uso). Con esta figura legal, el vendedor financiaba los pagos al comprador y se reservaba la posibilidad de recuperar la propiedad una vez escriturada si se producÃan impagos en los plazos establecidos.
Podemos encontrarnos derechos de paso para personas o servicios que al constar en el Registro aseguran la obligación del propietario. Habrá que tener en cuenta que las servidumbre no siempre se refieren a la finca de la que se saca la nota simple, sino que en algunas ocasiones se refieren al edificio o conjunto residencial en su conjunto (por ejemplo, es posible encontrar una servidumbre de paso para una acequia, una lÃnea eléctrica o simplemente de paso hacia otra finca, no tiene por qué querer decir que tiene que ser concretamente desde la finca en estudio, y habrá que estudiar bien si se refiere a esa finca en concreto o no).
Se trata de una figura en desuso y supone la sujeción de la finca al pago de un canon a favor de una persona determinada. Hoy en dÃa se ha sustituido por un pago único en el momento de transmitir la finca. Una forma habitual de llegar a constituirse era mediante disposiciones testamentarias. Como este tipo de cargas tienen una duración tan larga como la que puede tener una hipoteca, es posible que nos la encontremos en algún caso, pero no es lo habitual.
En ellas el Registrador suele hacer constar la sujeción al pago de determinados tributos, ya que se responde con el inmueble de los impuestos que gravan la transmisión.
Una vez iniciado un procedimiento de impago en el que los bienes del deudor resulten como garantÃa de pago, se inscribe la situación como garantÃa frente a terceros y para evitar insolvencias fraudulentas. Para retirar este tipo de anotación es necesario realizar el pago, teniendo en cuenta que si compramos la finca sin pagar esa deuda, nosotros pasamos a ser responsables de la misma, y podemos encontrarnos con el embargo de la misma por falta de pago.
Independientemente de todo lo anterior, si tenemos una finca en la que aparecen cargas que no entendemos del todo, es necesario acudir a un profesional que nos asesore correctamente, ya sea como propietario, vendedor o posible comprador de un piso, local o garaje que pueda verse afectado por dichas cargas. En Fincas Torrenueva podemos realizarle un informe de Due Diligence que le permita conocer el valor, limitaciones y posibles problemas que pueda tener su finca, para evitarse problemas en el futuro que le hagan perder mucho dinero.